¿Qué es el Concejo Deliberante?
Es un órgano colegiado compuesto por un número variable de Concejales. Está presidido por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario.
¿Por qué Concejo se escribe con “c”?
Su etimología nos llega del latín "concilium", que significa reunión o asamblea, y no debe confundirse con "consejo", que es un órgano para asesorar o tomar decisiones. Por ello los miembros de un "concejo" son concejales y los de un "consejo" son consejeros.
¿Cómo se compone el Concejo Deliberante?
Está conformado por Concejales elegidos por el voto popular. La Ley Orgánica de las Municipalidades estipula la cantidad de Concejales para cada distrito.
¿Dónde funciona el Concejo Deliberante?
El Honorable Concejo Deliberante de Necochea se encuentra ubicado en la planta baja del Palacio Municipal, sito en la calle 56 nº 2945.
¿Cuáles son las funciones del Honorable Concejo Deliberante?
Como representantes directos de los vecinos del Partido de Necochea, los miembros del HCD deben presentar proyectos y sancionar ordenanzas que respondan a las necesidades e inquietudes de la comunidad. El Concejo tiene además la facultad de controlar las acciones encaradas por el Departamento Ejecutivo.
¿Cuáles son las funciones del Concejal?
Un Concejal es una persona elegida por el pueblo para defender los derechos de los vecinos, procurándoles mayores servicios con el propósito de mejorar su calidad de vida, elevándole al Departamento Ejecutivo proyectos y propuestas para que éste las haga cumplir.
El HCD de Necochea cuenta con 20 Concejales organizados en distintas comisiones para desarrollar un trabajo fecundo y coherente.
¿Qué requisitos exige la Ley para acceder a ser Concejal?
Se requiere una edad mínima de 25 años y un año de residencia en el Distrito. En el caso de los extranjeros la edad es la misma pero la residencia debe ser mayor a 5 años.
¿Cómo funciona el HCD?
Los Concejales se convocan a través de Sesiones y a través de las reuniones en Comisión. Estas Comisiones son:
- Legislación e Interpretación y Reglamento.
- Política Económica y Finanzas Públicas.
- Infraestructura.
- Salud y Desarrollo Social.
- Turismo y Deportes.
- Derechos Humanos.
- Trabajo, Promoción Económica y Desarrollo Local.
- Medio Ambiente.
- Políticas de Género.
- Seguridad.
- Cultura y Educación.
- Asuntos Agrarios y Pesca.
¿Qué es el Orden del Día?
Es la consideración de actas de Sesiones realizadas, presentaciones y resoluciones del Ejecutivo, del Tribunal de Cuentas y además, de presentaciones de distintos bloques políticos, Dictámenes y Despachos que se trataron en las distintas Comisiones y presentaciones de Presidencia.
¿Qué es una Sesión?
Es una reunión de carácter público donde se tratan los expedientes ingresados en el Orden del Día.
¿Cómo se clasifican las Sesiones?
Se clasifican en:
- Ordinarias: Son las que se realizan dentro del acuerdo interno; se denomina período ordinario al lapso que transcurre del 1º de abril de cada año hasta el 30 de noviembre.
- Extraordinarias: Son las sesiones que se convocan fuera del calendario de las sesiones ordinarias, ya sea por propia iniciativa o solicitadas por el ejecutivo.
- Preparatorias: Se trata de las sesiones encargadas de la constitución y organización del Concejo, en ella, entre otras pautas, se renuevan parcialmente los concejales y se elijen las nuevas autoridades del cuerpo (Presidente, Vicepresidente y Secretario). Su fecha es indicada por la Junta Electoral, integrada por los concejales electos.
- De prórroga: Son las que dispone el Concejo, y surgen de la prórroga de las sesiones ordinarias por un término de treinta (30) días.
- Especiales: Son las que determina el Cuerpo dentro del período de las sesiones ordinarias y de prórroga.
¿Son públicas las Sesiones del HCD?
Sí, las Sesiones son de público acceso, excepto cuando la mayoría resuelve que sean secretas por requerirlo así el asunto a tratar.
¿Qué significa Quórum?
Es el número mínimo de Concejales requeridos para la toma de decisiones. Para formar el quórum legal para sesionar es necesaria la presencia de la mitad mas uno de los concejales.
¿Qué es el Diario de Sesiones?
Es una recopilación de todas las actas aprobadas en las Sesiones del Concejo Deliberante. Es la copia textual de los temas tratados y desarrollados.
¿Dónde se reúnen los concejales para realizar sus reuniones?
Se reúnen en una sala especialmente equipada para tal fin, denominada Salón de la Democracia.
¿Puede sesionar el Concejo fuera de la sala de sesiones?
No, salvo que sea por alguna Institución y/o casos de fuerza mayor, siempre y cuando la convocatoria sea aprobada por mayoría absoluta de los miembros en ejercicio.
¿Cómo elevan los proyectos y pedidos lo Concejales?
Todo asunto que promueva o presente un Concejal, deberá ser en forma de Proyecto de Ordenanza, Decreto, Resolución o Minuta de Comunicación.
¿Qué es una Ordenanza?
Es una disposición emanada desde el Concejo Deliberante que crea, reforma, suspende o deroga una regla de aplicación general, cuyo cumplimiento compete a la Intendencia Municipal.
¿Qué es una Resolución?
Es una disposición que adopta el HCD que tiene por objeto expresar una opinión el Concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado.
¿Qué es un Decreto?
Es una disposición que adopta el HCD y que tiene por objeto el rechazo de solicitudes particulares, la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna del Concejo y, en general, toda disposición de carácter imperativo que no requiera la promulgación del Ejecutivo.
¿Qué es una Minuta de Comunicación?
Es una disposición que adopta el HCD y que tiene por objeto contestar, recomendar, pedir o exponer algo al Ejecutivo respecto de alguna actividad propia del mismo.
¿Qué es una Declaración?
Es una proposición que tiene por objeto exponer la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público.